Remedio Provisional

Conoce los Beneficios de Remedio Provisional

Si tu hijo está registrado en el programa de Educación Especial y requiere un servicio relacionado de evaluación o terapia y el Departamento de Educación no ha podido ofrecer el servicio, usted tiene el derecho de ser orientado y acogerse a la alternativa de Remedio Provisional. Esto siempre que un servicio especializado de evaluación o terapia no esté disponible a través de los especialistas que laboran para el Departamento de Educación.

¿Qué es Remedio Provisional?

Es una importante herramienta para los padres.  Se creó como alternativa para ofrecer servicios relacionados a aquellos estudiantes de cuyo derecho al servicio no existe duda alguna y cuyo único impedimento para recibirlo es que el Departamento de Educación no cuente con el recurso para ofrecerlo.

Cuando el Departamento de Educación de Puerto Rico no cumple con el término de tiempo de 30 días usted debe llenar la planilla de Remedio Provisional

Instrucciones

Una vez descargada la Planilla usted debe proceder a los siguientes pasos:

El padre llenará la planilla y la hará llegar a la Unidad Secretaria de Querella y Remedio Provisional, directamente o a través de su representación legal. Importante debe de tener disponible copia del último PEI firmado. La Unidad Secretaria enviará por fax copia de la planilla al Centro de Servicios de Educación Especial (CSEE) correspondiente. El CSEE verificará si tiene referido para el servicio y los servicios solicitados han sido recomendados por el COMPU escolar. El CSEE informará si tiene el servicio disponible en su región o en otra área cercana. Si lo tiene disponible, así lo informará. El Departamento objetará a que se incluya el niño en el Remedio Provisional y contestará en un máximo de 20 días, indicando el día, lugar, hora y especialista que ofrecerá el servicio.

De no estar disponible el servicio, el Remedio Provisional podrá ser aprobado y se le contestará por escrito al padre. El padre recibirá la carta de autorización y un contrato en blanco a ser cumplimentando con el especialista que seleccione. El padre identificará el especialista privado que pueda ofrecer el servicio y establecerá con éste un contrato escrito que detallará los servicios a ser prestados, la frecuencia, lugar y costo de los mismos. Dicho especialista no puede tener contrato con el Departamento de Educación ni con ninguna corporación contratada por el Departamento. 

Comentarios

Loading Facebook Comments ...

3 Comments

Click on a tab to select how you'd like to leave your comment

Leave Your Comments

Your email address will not be published.